Boletín informativo N°59 Año 2024 [Junio]
Tipo
Autor Corporativo
- Universidad Adolfo Ibáñez. Secretaría General. Dirección Normativa
Editor
- Universidad Adolfo Ibáñez
Otros Participantes
- Molina, Francisca
- Concha, Bárbara
Año de edición
- 2024
Lugar de edición
- Chile
Fecha de publicación
2024-06Descriptores
- Ley N° 21.633
- Política Nacional de Ciberseguridad
- Ciberseguridad Universidad Adolfo Ibáñez
Resumen
En el boletín de mayo informamos sobre la Política y Ley Marco de Ciberseguridad. Considerando la importancia de esta materia para nuestra Universidad, invitamos a Andrés Rodríguez, Director de Ciberseguridad de la Universidad a participar en esta edición de Boletín. Los invitamos a leer los comentarios que ha realizado con su equipo sobre estas normas. La Ley 21.663 Marco de Ciberseguridad se promulgó recientemente, el 26 de marzo de 2024 y se publicó en el diario oficial el 8 de abril de este año. La
nueva ley establece operadores de importancia vital, las cuales son organizaciones o empresas que cuya interceptación, interrupción o destrucción de sus servicios tendría un impacto significativo en la seguridad
y orden público. Se identifican como esenciales, operadores de tecnología de telecomunicaciones, y servicios financieros, entre otros. La ley les obliga a la aplicación permanente de medidas para prevenir, reportar y resolver incidentes de ciberseguridad. De acuerdo con los criterios de la ley, las
universidades no se consideran operadores de importancia vital, no obstante, la UAI reconoce la importancia de la ciberseguridad, y por ello ha conformado un Comité que establezca una Estrategia.
El ítem tiene asociados los siguientes ficheros de licencia: